La evaluación de los riesgos es un modelo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Prevención de riesgos
La necesidad de la evaluación de riesgo sobre los que se requiere una justificación: es técnica y legalmente el diagnóstico ineludible que sirve de base para toda la acción preventiva, no sólo para definir las actividades que existen para llevar a cabo la acción preventiva, no sólo para definir las actividades que existen para realizar sino también la empresa hace falta para llevarlas a cabo. La acción preventiva ha de planificarse y esto supone un establecimiento de prioridades, la evaluación debe comprobar el tipo de medida de riesgos.
Llegados a este punto, no es fácil encontrar un panorama metodológico de procedimientos de evaluación que combinen de forma razonable con la sencillez de aplicación con una pretensión de objetividad en la medida, es decir, de validez y fiabilidad.
Las listas de chequeo más o menos exhaustivas que, una vez aplicadas, generan relaciones de defectos sin la más mínima indicación sobre su importancia y, por tanto, sin ninguna posibilidad de jerarquizar las medidas preventivas que de ellas se deducen.
Presuntos métodos directos que, quizás confiando en la experiencia del evaluación se asigna un valor de probabilidad de materialización de cada riesgo, sin más instrumento que sus conocimientos y unas vagas indicaciones sobre el significado de cada valor.
El panorama de los métodos de evaluación simplificada de riesgos que puede resumirse en los siguientes términos: unos desisten de medir y se conforman con identificar deficiencias, otros renuncian a entradas según la objetividad en la medida que proponen, ya que no definen ningún instrumento para ella. La renuncia cobra especial gravedad cuando, como ocurre en nuestra empresa, son muchas las empresas que han de evaluar, y estar dispuestas en un ámbito geográfico extenso.
La imprescindible unificación de criterios sólo puede asegurarse metodológicamente, mediante la utilización de herramientas que se encuentren bien definidas.
Si la necesidad de evaluar es obvia y no existen métodos aceptables para nuestras necesidades, habrá que poner manos a la obra y abordar se elaboración. Y si antes se ha resaltado la carencia.
Uno de los mejores, es el que proporciona la nota técnica de prevención NTP 3301 bajo el título “Método simplificado de evaluación de riesgos de accidente”. Se trata solo de una guía metodología a que se le deben añadir los instrumentos de medida, es decir, los cuestionarios de chequeo con factores de riesgo.
La propuesta de método con un doble objetivo:
- Constituir una herramienta de evaluación para las situaciones de riesgo más frecuentes en los centros de trabajo.
- Servir de pauta y contexto para la elaboración de nuevos cuestionarios que se refieren a otras situaciones de riesgo.
No era posible, y en algunos casos tampoco deseables, utilizar el método general para todos los riesgos que han de evaluarse. Con los riesgos higiénicos para los que no es aceptable renunciar a la evaluación detalla de la exposición, cuando resulte viable.
Se ha establecido un procedimiento de dos fases: la primera consiste en la aplicación de un instrumento específico para el riesgo en cuestión, llamado de forma genérica inventario de indicadores de riesgo, cuyo objetivo es determinar si es preciso llevar a cabo la segunda, la de evaluación detallada de riesgo.
La realidad preventiva resulta difícil de desglosar en situaciones de riesgo, de forma que sea factible realizar una evaluación por el método general, y por esto, no pueden dejar de ser considerados los cuestionarios de instalaciones o actividades, por lo que se limita su objetivo en cuanto a la identificación de deficiencias.
El sistema de evaluación de riesgos contempla la utilización de tres herramientas metodológicas diferentes:
- Método general, se aplica a los riesgos de accidente y a los higiénicos que no se admiten según la evaluación detallada de la exposición.
- El método en dos fases, aplicable a los riesgos higiénicos y ergonómicos susceptibles de evaluación detallada de exposición.
- El método de identificación de deficiencias mediante cuestionarios de instalaciones o actividades con criterio restrictivo, a aquella parte de la realidad de interés que tiene difícil tratamiento por el método general.
La ley de prevención de riesgos laborales, ha diseñado un nuevo modelo de actuación preventiva en la organización.
Según lo que señala, el punto 5 de la exposición por motivos de la ley “la protección del trabajador frente a los riesgos exige una actuación en la organización que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones.
No se trata de cumplir con los reglamentos, que nunca podrán abarcar toda la casuística existente, ni de investigar las causas de los daños que ocurren y se deben corregir, sino que es preciso anticiparse a ellos con una acción sistemática y planificada que se adapte a todas las necesidades específicas de la organización, es decir, de la magnitud de los riesgos presentes.
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