OHSAS 18001 y su relación con la Ley peruana 29783
OHSAS 18001
OHSAS 18001 es un estándar internacional de carácter voluntario que, en países que tengan su propia legislación en materia de PRL, se pueden integrar y hacer de la organización un lugar seguro en el que trabajar.
En el caso de Perú encontramos la Ley 29783, que establece la obligación empresarial de contar con un Sistema de Gestión en SST, entre otras.
Con la aplicación de OHSAS-18001 la empresa conseguirá reducir la accidentabilidad, incrementar la confianza de los clientes, aumentar la moral de los trabajadores, la productividad, reducir costes por ausentismo laboral derivado de accidentes o enfermedades laborales y las primas de seguros y multas.
La Ley 29783 de Perú pide la implementación de un Sistema de Gestión de SST, bajo esquemas de conformidad con los documentos y directrices internacionales y la legislación vigente.
Para poder integrar ambas normas debemos conocer qué puntos comparten, es decir qué aspectos tienen en común.
Inicialmente, encontramos que los requisitos del Sistema de Gestión de la SST que OHSAS18001 recoge en su cláusula 4 podemos encontrarlos en la Ley peruana a partir del artículo 17. En concreto son los requisitos generales y política de SST los que se localizan desde el artículo 17 al 20.
El artículo 38 se corresponde con el título planificación de OHSAS 18001, sin embargo el contenido que recoge este punto se encuentra en otros artículos no consecutivos, hablamos de identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles, ubicado en el artículo 21, requisitos legales y otros en el artículo 37 y objetivos y programas en el 39.
En la cláusula 4.4 de OHSAS 18001 ocurre lo mismo, la correspondencia de artículos con la Ley 29783 no es consecutiva, encontramos lo siguiente:
- 4.4.1 Recursos, funciones, responsabilidad y autoridad con los artículos 26, 30, 32, 33, 35 y 36.
- 4.4.2 Competencia, formación y toma de conciencia con el artículo 27 de la Ley peruana.
- 4.4.3 Comunicación, participación y consulta con los artículos 19, 24, 25, 29, 31, 32, 33 y 30.
- 4.4.4 Documentación, se localiza en los artículos 28, 34 y 47.
- 4.4.5 Control de documentos con el artículo 28.
- 4.4.6 Control operacional, ubicado en los artículos 40, 45 y 47.
La parte de OHSAS 18001 dedicada a la verificación, cláusula 4.5, se encuentra repartida en la Ley 29783 por los artículos 20, 41, 42, 28, 43 y 46.
Y la última correspondencia que cabe destacar entre estas normas es la referida a la revisión por la dirección, cláusula 4.6, ésta se relaciona con la Ley de Perú en los artículos 44 y 46.
Si nos fijamos en la política de SST encontramos algunas similitudes como las siguientes.
Según OHSAS 18001, la política debe asegurar que:
- Es apropiada a los riesgos y naturaleza de la organización.
- Incluye un compromiso de prevención y de mejora continua para la gestión de la SST.
- Incluye el compromiso de cumplir con los requisitos legales aplicables y otros a los que la organización se suscriba.
- Es un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de SST.
- Se documenta, implementa y mantiene.
- Es comunicada a todos los miembros de la organización.
- Está disponible para las partes interesadas.
- Es revisada periódicamente.
En base a esto, la Ley 29783 pide que la política sea:
- Específica, apropiada al tamaño y a las actividades.
- Concisa, clara, fechada y firmada por el responsable.
- Accesible a todos en el lugar de trabajo.
- Revisada.
- Disponible para las partes interesadas externas.
Además debe de comprometerse a incluir:
- Protección de seguridad y salud, prevenir lesiones, enfermedades e incidentes.
- Cumplir los requisitos legales de SST.
- Garantía de consultar a los trabajadores y fomentar la participación en el sistema.
- Mejora continua.
La Plataforma Tecnológica ISOTools permite la integración de OHSAS 18001 con la Ley 29783 de Perú, facilitando su establecimiento, implementación y mantenimiento bajo la automatización del Sistema de Gestión de la SST.